Presentación del Código Electoral de Chubut: Boleta Única para todas las categorías, paridad de género y debates públicos obligatorios
El gobernador Ignacio Torres presentó la creación del Código Electoral de Chubut. Los puntos más importantes.
El gobernador del Chubut, Ignacio "Nacho" Torres, encabezó este miércoles en la Legislatura la presentación del proyecto de Ley para la creación del primer Código Electoral de la Provincia, algo que la provincia no posee hasta el momento. El proyecto fue elaborado por el Ejecutivo y contempla, en sus casi 200 artículos, la necesidad de un marco normativo electoral propio para garantizar procesos transparentes y representatividad de todos los partidos políticos.
El nuevo Código busca sistematizar y actualizar el régimen electoral de Chubut, abordando aspectos como la igualdad de género, el debate obligatorio, la boleta única de papel y la participación de electores privados de libertad, así como una Secretaría Electoral permanente y más ágil, todo ello en consonancia con las normativas nacionales y la jurisprudencia vigente.
Remarcó que "estamos dando un debate bisagra e histórico para nuestra provincia", e invitó a "toda la ciudadanía, intendentes y a los distintos espacios políticos a participar e involucrarse para tener un sistema más ágil y claro".
"Esta iniciativa es parte del proceso para salir de ese ranking que nos pone últimos en materia de transparencia institucional", expresó el titular del Ejecutivo provincial y agregó que "buscamos implementar un sistema más amigable para que cualquier chubutense que no cuente con una estructura partidaria pueda defender su idea en un contexto con más transparencia y posibilidades".
Regulación, Boleta Única e Igualdad de Género
El "Código Electoral del Chubut" aborda la necesidad de un marco normativo electoral propio para la provincia, destacando el incumplimiento histórico de 66 años en este aspecto y la dependencia del Código Electoral Nacional para la realización de elecciones locales.
El proyecto regula las elecciones en la provincia, municipios sin carta orgánica y comunas rurales, utilizando los mismos circuitos demarcados por la Justicia Nacional Electoral. Establece también los principios del sufragio como universal, obligatorio, directo, igual, secreto, libre, personal, no acumulativo e intransferible.
La iniciativa contempla la implementación de una Boleta Única para todas las categorías de cargos a elegir, facilitando el proceso de votación y reduciendo costos y el impacto ecológico. En cuanto a la Igualdad Política de Género, se incorporan y ajustan disposiciones para la conformación de listas de candidatos, garantizando la paridad de género y adaptándose a la perspectiva de género no binaria.
Electores privados de libertad, debate y observadores
Asimismo, prevé la distinción entre faltas y delitos electorales, con un sistema específico para la investigación y sanción de las infracciones electorales cometidas en elecciones provinciales y municipales. Garantiza también el derecho al voto de personas privadas de su libertad no inhabilitadas, limitando su sufragio a las categorías de Gobernador y Vicegobernador y Diputados Provinciales.
Respecto a los Debates Públicos Obligatorios, se incorpora la Ley XII Nº 13 asegurando la participación de los candidatos en debates como parte del proceso preelectoral. Además, se regula la participación de observadores electorales, tanto de organizaciones de la sociedad civil como de organismos internacionales, para asegurar la transparencia y el control externo del proceso electoral. (El Chubut)