Norte

Quienes manejen ebrios y provoquen accidentes deberán pagar factura de atención del hospital de su bolsillo

En Salta, los conductores deberán hacerse cargo de los costos de salud derivados de los siniestros viales. Quienes no cuenten con el dinero tendrán que hacer trabajos comunitarios.

Redacción Nuevo Día
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Este lunes, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia la ley N°8477, que faculta al Ministerio de Salud Pública a cobrar o recuperar los costos de las prestaciones de salud, medicamentos y prótesis utilizadas en beneficio de las personas que, conduciendo bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes, ocasionen accidentes de tránsito. 

En diciembre, la Cámara de Diputados otorgó media sanción al proyecto de ley enviado por el Ejecutivo, que establece que los conductores alcoholizados que provoquen siniestros viales deben pagar los costos de la atención brindada en los centros de salud pública.

La nueva normativa permite al Ministerio de Salud Pública de la provincia cobrar por la atención hospitalaria a aquellas personas que necesiten tratamiento médico. Esta cobertura incluye todas las prestaciones de salud, medicamentos y prótesis. Si bien los pacientes recibirán el tratamiento necesario para preservar su salud, si no cancelan la facturación emitida por la institución sanitaria en un plazo de 60 días, la Autoridad de Aplicación emitirá un certificado de deuda.


Por otra parte, el gobierno de Salta anticipó que quienes  no puedan pagar los gastos de atención, deberán cumplir con su obligación mediante la realización de trabajos comunitarios. Autoridades estatales explicaron que esta iniciativa busca proteger los esfuerzos de los contribuyentes que financian el servicio de salud provincial.

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