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Ley Bases en Diputados: cuáles son los cambios en el Monotributo que se definirán

Si se sanciona la iniciativa oficial, habrá un alza de 300% para los topes de facturación y las cuotas a pagar. Habrá actualización semestral de parámetros y más categorías para quienes brindan servicios

Redacción Nuevo Día
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La Cámara de Diputados trata este jueves y espera aprobar cambios sobre el Régimen Simplificado, o Monotributo, dispuestos en la reforma fiscal, que incluyen un incremento de 300% en los límites anuales de facturación que regirán cuando la ley sea promulgada.

La iniciativa impulsada por el Gobierno establece, además, tenga desde el período fiscal 2025 una actualización semestral en los parámetros que se regirá por la inflación. Para este año, en tanto, faculta al Ejecutivo a incrementar los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar correspondientes a cada categoría, así como las cotizaciones previsionales y otros importes.

Así, la categoría A pasará de facturar poco más de $2.100.000 a $6.450.000, mientras la categoría K llegará a $68 millones, tras la reforma. Además, habilita a los que prestan servicios a mantenerse dentro del Monotributo hasta el monto de la categoría K, aunque con una cuota más elevada de los que venden productos. Por otro lado, establece que el precio máximo unitario de venta de insumos pasa de $180.590 a $385.000.

Por otro lado, en julio, los pequeños contribuyentes del Monotributo deben realizar la segunda recategorización de 2024. Se trata de un trámite obligatorio que se efectúa ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Suele hacerse hasta el 20 de julio, con las tablas vigentes. Hay expectativa, que si se sanciona la reforma, las nuevas escalas ya puedan usarse para ese trámite semestral.

Cambia el Monotributo: cómo quedan las escalas de facturación con la reforma fiscal

La tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera tras la aprobación del reforma fiscal:

  • Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%);
  • Categoría B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones (+202%);
  • Categoría C: $4.387.518,23 a $13,25 millones (+208%);
  • Categoría D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones (+202%);
  • Categoría E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones (+202%);
  • Categoría F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones (+203%);
  • Categoría G: de $9.624.793,05 a $29 millones (+202%);
  • Categoría H: de $11.916.410,45 a $44 millones (+270%);
  • Categoría I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones (+269%);
  • Categoría J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones (+269%);
  • Categoría K: de $16.957.968,71 a $68 millones (+301%).


Dentro de este régimen, se mantiene el monotributo social, un régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales, con una cuota mensual reducida. La derogación de ese esquema estaba en la reforma fiscal original, pero el Senado lo rechazó de plano.

Cuánto hay que pagar de cuota mensual del Monotributo AFIP, categoría por categoría

El capítulo del Monotributo de la reforma fiscal aprobado en Diputados establecen los montos del impuesto integrado y a la seguridad social por jubilaciones, pero no se clarifica cuál será el aporte a la obra social de cada monotributista.

De acuerdo con cálculos realizados por Contadores en red, las cuotas mensuales quedarían de la siguiente manera:

  • Categoría A: de $12.128,39 a $26.600.
  • Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.
  • Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.
  • Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.
  • Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles;
  • Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.
  • Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.
  • Categoría H: para servicios (la última escala permitida hasta hoy) de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.
  • Categoría I: La cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.
  • Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.
  • Categoría K: La cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.


Monotributo AFIP: qué pasa con la recategorización de julio 2024

En julio, los pequeños contribuyentes del Monotributo deben realizar la segunda recategorización de 2024. Se trata de un trámite obligatorio que se efectúa ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Suele hacerse hasta el 20 de julio, con las tablas vigentes. Hay expectativa, que si se sanciona la reforma, las nuevas escalas ya puedan usarse para ese trámite semestral.

Cuando la ley sea promulgada, los montos de facturación subirán en promedio 300%, dependiendo de la categoría, mientras que las cuotas a pagar también se incrementarán. Hasta el momento, se desconoce si la AFIP aplicará una prórroga a la recategorización para adecuar los topes y escalas.(TN)

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