Cómo y cuándo prescriben las deudas por préstamos y servicios
Un abogado especialista en Derechos del Consumidor explicó cuándo se extingue la deuda con la entidad financiera.
¿Qué pasa si no puedo seguir pagando un crédito? ¿Cuándo prescriben las deudas por un préstamo, por la tarjeta o por otros servicios? ¿Qué puede pasar si prescriben? ¿Puedo ir a juicio? ¿Qué otras consecuencias puede traer aparejadas? Todas estas son algunas de las preguntas que se hacen muchos ciudadanos que alguna vez han tenido algún problema financiero y no han sabido cómo resolverlo.
Es por esto que @abogado.galvan, llamado Ezequiel Rodrigo Galvan, que es un abogado especialista en Defensa del Consumidor, se encarga de responder a todas estas preguntas y más en sus redes sociales. Esto es lo que explicó el especialista.
Cuándo prescriben las deudas por préstamo del banco y otros servicios
El abogado Ezequiel Rodrigo Galvan explicó de manera muy clara en un video en una de sus redes sociales lo siguiente: "Las deudas por préstamos prescriben a los 5 años. Las deudas por tarjeta prescriben a lo 3 años, las deudas de servicios públicos, como luz, agua, gas, prepagas, cuotas de escuela prescriben a los 2 años y en el caso particular de AYSA, el servicio de agua y cloaca, prescriben a los 5 años porque hay una ley que le da 5 años en lugar de 2".
Qué pasa si prescribe una deuda
El abogado especialista explicó que la prescripción es a la posibilidad de que te reclamen coactivamente la deuda en el marco de un juicio. Esto quiere decir que pasados los años de prescripción de la deuda, el prestamista puede iniciarle un juicio al deudor, sin embargo, este último tiene la posibilidad de oponerse al juicio por motivo de prescripción y en ese momento se gana el juicio y no hay obligación de pagar la deuda.
Incluso en el caso de que la deuda esté prescripta, el acreedor puede iniciar el juicio, esto es muy importante para estar atento ya que al momento en que se inicia el juicio, el deudor recibirá una demanda, que expresará la cantidad de días que se tiene para defenderse. En el lapso de estos días, el deudor deberá oponerse a este por la prescipción. Sin embargo, si transcurre ese plazo y nadie se opone a ese juicio, se está manifestando el consentimiento o la posibilidad de pagar esa deuda a pesar de estar prescripta. Lo que explica este abogado es que en el caso de recibir una demanda lo primero que hay que hacer es hablar con un abogado y oponerse al juicio alegando la prescripción de la deuda.
Sin embargo, más allá de que, al pasar esta cantidad de años, la deuda prescribe y no está la obligación de pagarla y aún en el caso de ganar el juicio, hay otras grandes consecuencias para quien tiene una deuda impaga. Esto es estar en una base de datos financieros o antecedentes crediticios, o estar en el veraz. Esto quiere decir que al no pagar una deuda, incluso si ésta prescribió, el deudor puede permanecer en una base de datos, según la Ley de Datos Personales, hasta 5 años desde que se entra en mora, o 2 años desde que se paga la deuda. Luego de pasado ese lapso de tiempo, el deudor puede hacer el trámite para que lo saquen de la base de datos.
El problema es que esto puede traer muchas complicaciones para la persona deudora, lo principal es que seguramente al tratar de pedir nuevamente un crédito, los bancos lo considerarán una persona no confiable y no se lo otorgarán. Además, durante estos años de mora, los deudores reciben llamados y avisos por parte de los acreedores de manera incansable para pedir ese dinero y suele ser algo muy tedioso, incluso para otros familiares.(IProfesional)