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"Autodespacho" de combustible en Argentina: mirá cómo funcionará

El Gobierno argentino autorizó el autodespacho de combustible en todas las estaciones de servicio del país. La medida, anunciada hoy, permite que los clientes llenen el tanque de sus vehículos por sus propios medios, aunque seguirá siendo opcional solicitar la ayuda de los playeros. El autodespacho estaba prohibido desde 1983.

Redacción Nuevo Día
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El Gobierno argentino autorizó el "autodespacho" de combustible en todas las estaciones de servicio del país, según un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial. Hasta ayer, los clientes no podían llenar el tanque de sus vehículos por sus propios medios, salvo en horarios nocturnos y en algunas ciudades por el riesgo de asalto a los playeros. Desde hoy, el "autodespacho" es una modalidad optativa, aunque siempre se podrá seguir solicitando la ayuda de los playeros.

El autodespacho estaba prohibido en Argentina desde un decreto de septiembre de 1983, que prohibía a personal ajeno a la estación de servicio manejar los surtidores. Esta mañana, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, firmaron el Decreto 46/2025 que autoriza esta opción. Los funcionarios señalaron que el autodespacho está permitido en lugares como Estados Unidos, la Unión Europea y países latinoamericanos como Chile, Perú, Venezuela, Colombia y Uruguay.

Francos y Caputo sostienen que esta modalidad permitirá a las estaciones de servicio contar con una opción más para organizar la oferta de sus servicios, pudiendo incluso fijar un precio diferenciado más bajo para el autodespacho, beneficiando al consumidor.

Además, señalaron que posibilitará que las estaciones de servicio que actualmente restringen sus horarios puedan ofrecer un servicio continuo durante las 24 horas del día con un costo operativo menor, lo que resultará beneficioso para quienes necesiten cargar combustible en horarios no convencionales.

En la reglamentación, se establecen las reglas que deberán seguir las estaciones de servicio y los usuarios para implementar el autodespacho:

  1. Se autoriza en todo el territorio nacional el autodespacho de combustible como modalidad optativa, a elección de los expendedores, quienes podrán implementarla en forma total o solo en algunos surtidores de autoservicio.

  2. Una vez terminado el suministro de combustible, se deberá reponer la tapa del tanque y colgar la manguera en su lugar antes de poner en marcha el motor.

  3. La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía establecerá los requisitos para quienes deseen implementar el autodespacho en un plazo de 60 días. Hasta entonces, deberán solicitar autorización a la Secretaría de Energía.

  4. Se autoriza el uso de tanques sobre el terreno en estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles, de acuerdo a las condiciones de seguridad que establezca la Secretaría de Energía.

  5. Las estaciones de servicio móviles y/o con tanques sobre el terreno deberán cumplir con los requisitos que establezca la Secretaría de Energía.

  6. Las estaciones de servicio deberán prever una superficie mínima que permita la circulación y maniobras para la evacuación inmediata de vehículos y personas en situación de emergencia.

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