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Alertan a usuarios de Mercado Pago: investigarán a quienes tengan esta suma de dinero en su cuenta

Mercado Pago, una de las billeteras virtuales más populares en Argentina, ofrece numerosos beneficios a sus usuarios, pero también establece límites y regulaciones que es importante conocer. Aquí te explicamos todo sobre los topes para depósitos, las posibles intervenciones de la ARCA y la documentación necesaria para justificar movimientos.

Redacción Nuevo Día
Redacción Nuevo Día
eldiarionuevodia@hotmail.com

Mercado Pago se ha consolidado como una de las billeteras virtuales más utilizadas en Argentina, ofreciendo a sus usuarios beneficios como transferencias instantáneas y descuentos exclusivos. Sin embargo, existen límites y requisitos que los usuarios deben tener en cuenta para evitar problemas con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Límites para depósitos en Mercado Pago

Aunque no hay un límite máximo de dinero que se pueda mantener en la cuenta, Mercado Pago establece topes para los depósitos en efectivo y transferencias electrónicas:

Depósitos en efectivo:

A través de Mercado Pago Express, Rapipago, Pago Fácil y Cobro Express: hasta $1.000.000 por mes en total.

Transferencias electrónicas:

Desde cuentas vinculadas: el límite diario varía entre $1.000 y $6.000.000.

Intervención de la ARCA

La ARCA puede requerir información de los usuarios que superen ciertos límites en sus transacciones. Esta medida busca detectar posibles inconsistencias fiscales, especialmente en movimientos entre cuentas propias. Para quienes no tienen ingresos formales declarados, el límite para estos movimientos es de $400.000. Además, cualquier transferencia que supere los $700.000 debe estar respaldada por ingresos declarados. De lo contrario, se deberá notificar a la ARCA y justificar estos movimientos con la documentación correspondiente.

Documentación requerida por la ARCA

Para justificar las transferencias, la ARCA puede solicitar los siguientes documentos:

-Boletas de compra y venta.
-Documentos de venta de acciones o empresas.
-Recibos de sueldo.
-Comprobantes de haberes jubilatorios.
-Facturas emitidas recientemente.
-Constancia de monotributo.
-Certificados de ingresos firmados por un contador público

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