Vuelve el impuesto a las ganancias: mirá si te toca pagarlo
En la mañana de este lunes, se confirmó la restitución de la cuarta categoría del impuesto a las ganancias y más de 800 mil trabajadores deberán volver a pagar. Mirá si sos uno de ellos en esta nota.
La reciente versión aprobada implicada un mínimo no imponible de $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos.
Así, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos durante la gestión de Alberto Fernández, con alícuotas que van del 5% al 35 por ciento, según publica Infobae.
En el caso de que se trate de un empleado soltero con dos hijos menores a 18 años declarados a su cargo, el salario será alcanzado a partir de un bruto mensual de $2.100.000, que equivale a un neto de 1.781.277,39 pesos.
En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, quedará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir, un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.
¿Cómo será la actualización?
El texto de la reglamentación establece que los montos "se ajustarán semestralmente, a partir del año fiscal 2025, con efectos a partir del 1° de enero y del 1° de julio, por el coeficiente que surja de la variación del índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC, correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice".
Mientras que la determinación de las retenciones del impuesto, por las sumas percibidas durante el segundo semestre de cada año fiscal, deberá efectuarse considerando los montos previstos en el artículo 30 y en la escala del artículo 94, ambos de la ley, que tengan efectos a partir del 1° de julio del período fiscal de que se trate, resultando aplicable la doceava (1/12) parte de los mencionados importes, acumulados a cada uno de los meses del referido segundo semestre.