Tras el pedido de la concejal D´amico, ya se aplica la leyenda "Prohibida su venta, Ministerio de Desarrollo Social, gobierno de Santa Cruz"
La medida comenzó a aplicarse en los alimentos dispensados por la cartera social.
Esta medida implementada hace muy pocos días responde a un pedido efectuado por la Concejal de Río Gallegos, la edil UCR Esc. y Abog. Daniela D'Amico, quien hace algunos meses elevó esta solicitud para que todos los alimentos y productos que integran el circuito solidario que abastece a centros integradores comunitarios, comedores, hogares y todas las demás instituciones y organismos atendidos por la Cartera Social de Santa Cruz, lleven en sus envases de manera absolutamente clara, legible y visible el rotulado y la leyenda mencionada que ya se está implementando.
D'Amico manifestó su satisfacción ante la respuesta obtenida indicando que "junto a mi equipo de asesores y colaboradores presentamos esta iniciativa a través de un Proyecto de Resolución, instando en ese momento a los diputados provinciales a elaborar un Proyecto de Ley para concretar el rotulado de estos artículos y en el mismo sentido, elevamos una nota al Gobernador Vidal para ponerlo al tanto de la situación ante el requerimiento efectuado a los legisladores y recordándole lo ocurrido con muchos alimentos que fueron desviados de su destino original y prioritario y terminaron siendo comercializados a terceros.
Tras la iniciativa expresada y luego de un tiempo prudencial - subrayó la Concejal - hoy podemos constatar que ya se está aplicando el rotulado de todos estos alimentos y productos con la leyenda y consigna "PROHIBIDA SU VENTA, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, IGUALDAD E INTEGRACIÓN, GOBIERNO DE SANTA CRUZ", medida, decisión, acción, esencial y básica para que todos estos productos y bienes adquiridos con recursos del Estado, no sean vendidos, comercializados, ni desviados de su misión y asignación exclusiva de ayuda social, ya que sin ningún lugar a dudas haber incluido un sello de advertencia con este tipo de frases o leyenda proporciona que los sujetos designados en la entrega de alimentos destinados a los sectores socialmente vulnerables, se vean obligados a cumplir con la finalidad de la normativa de manera efectiva".