RÍO GALLEGOS

Remodelación de la autovía 17 de octubre: por qué no podría realizarse, el trasfondo legal y una cesión que Nación no hizo, según un concejal

El Concejo Deliberante de Río Gallegos aprobó por mayoría un proyecto del Ejecutivo municipal que impulsa la remodelación de la autovía 17 de Octubre. La obra se enmarca dentro del ejido urbano, pero incluye tramos de la Ruta Nacional N°3, cuya titularidad continúa en manos del Estado nacional.

Redacción Nuevo Día
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Durante la sesión ordinaria del 20 de marzo, ingresó al Concejo Deliberante de Río Gallegos el instrumento legal enviado por el Ejecutivo municipal relacionado con la remodelación de la autovía 17 de Octubre. Este jueves se trató sobre tablas y aprobó por mayoría. (El expediente fue acompañado por el bloque de la UCR, es decir, voto afirmativo de la concejala Daniela D'Amico)

El proyecto contempla una serie de obras de infraestructura vial orientadas a mejorar la circulación en uno de los principales accesos a la ciudad. Sin embargo, el instrumento aprobado incluye  la incorporación de tramos de la Ruta Nacional N°3 al patrimonio municipal, algo que aún no fue autorizado formalmente por el Gobierno nacional ni tratado por el Congreso, tal como exige la Constitución Nacional.

"No estamos en contra de las obras de infraestructura, que son necesarias para la ciudad, pero deben hacerse de forma responsable y conforme a las normas vigentes. No se puede incorporar al patrimonio municipal algo que no fue legalmente cedido", advirtió a Nuevo Día, el edil Ayrton Ruay (SER)

En el artículo 3 del instrumento legal enviado por el Ejecutivo municipal se establece la incorporación de los tramos comprendidos de la Ruta Nacional N°3 al patrimonio de la ciudad. Según explicó, esta disposición vulnera el artículo 75 de la Constitución Nacional, que en su inciso 5 establece que "es facultad del Congreso disponer del uso y la enajenación de las tierras de propiedad nacional".

Remodelación de la autovía 17 de octubre: por qué no podría realizarse, el trasfondo legal y una cesión que Nación no hizo, según un concejal



El edil opositor, recordó un ejemplo. "Desde el 16 de enero de 2003, cuando Héctor Villafañe era intendente, se viene haciendo hincapié en la necesidad de transferir esos tramos hacia el ámbito municipal", recordó Ruay. Sin embargo, aclaró que "nunca existió el instrumento legal que respalde dicha cesión, porque no intervinieron ni el Ejecutivo nacional ni el Congreso".

Ruay expuso otro ejemplo: el intento de instalar un semáforo en la intersección de la Avenida San Martín e Italia, solicitado en su momento por el actual intendente Pablo Grasso cuando ejercía como concejal. La propuesta no prosperó debido a que el Municipio no contaba con la competencia legal para intervenir sobre una vía nacional sin autorización expresa.

A esto se suma otro dato no menor: el artículo 5 del convenio entre Vialidad Nacional y el Municipio establece que debe intervenir el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz. Sin embargo, Ruay fue categórico al afirmar que dicha intervención "no existió". Esto refuerza la postura de que se estarían omitiendo pasos institucionales clave para llevar adelante una obra de semejante envergadura.

Más allá del consenso general sobre la necesidad de mejorar la infraestructura vial de la ciudad, el eje del debate está puesto en la legalidad del proceso. Desde sectores opositores advierten que "se está saltando el debido proceso y se está tomando una decisión política que no respeta la normativa vigente".

El Municipio avanza con anuncios y presentaciones en torno a la remodelación de la autovía, sin que se haya resuelto el tema de fondo: la Ruta Nacional N°3 sigue siendo propiedad de la Nación, y cualquier intento de incorporación al patrimonio local sin la debida cesión podría devenir en nulidades legales y conflictos institucionales.

Por ahora, las obras anunciadas se limitarán al ejido urbano, en sectores donde el Municipio sí posee competencia. Sin embargo, para que el proyecto integral pueda concretarse, será indispensable que el Ejecutivo nacional intervenga, y que el Congreso trate y apruebe la cesión correspondiente. 

¿Qué dice la Constitución Nacional?

Artículo 75, inciso 5

"El Congreso tiene la facultad de disponer del uso y la enajenación de las tierras de propiedad nacional".

¿Qué implica esto?

Ningún tramo de una ruta nacional puede pasar a manos del Municipio sin la aprobación del Congreso y la intervención del Ejecutivo Nacional.

Puntos legales en conflicto

-Competencia nacional: La Ruta 3 es jurisdicción federal.

- Sin cesión formal: No hay instrumento legal que autorice su incorporación al patrimonio municipal.

-El convenio entre Vialidad Nacional y el Municipio no incluye la intervención del Gobierno Provincial, como indica el artículo 5 del mismo.

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