Preocupación por cambios en la Ley de Etiquetado Frontal y su impacto
Organizaciones advierten sobre posibles retrocesos en la Ley 27.642 tras las nuevas disposiciones de la ANMAT.
Modificaciones en la Ley de Etiquetado Frontal: alerta por retrocesos en la protección al consumidor
El pasado 26 de diciembre de 2024, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó en el Boletín Oficial las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024, que modifican aspectos clave de la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado Frontal. Estas modificaciones generaron preocupación en diversas organizaciones que advierten sobre el debilitamiento de la normativa.
Cambios en el sistema de análisis de nutrientes
La nueva normativa establece que los sellos de advertencia en los alimentos procesados ahora solo se aplicarán a los nutrientes críticos agregados en exceso, como sodio o azúcares. Sin embargo, ya no se evaluarán otros nutrientes perjudiciales presentes en el producto, como grasas saturadas o totales, si no fueron agregados. Esta modificación podría llevar a interpretaciones erróneas sobre la calidad nutricional de los alimentos, especialmente en productos ultraprocesados.
Organizaciones como la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN) y la Fundación Sanar señalaron que esta flexibilización podría confundir al consumidor. Por ejemplo, un producto con sellos de advertencia por exceso de sodio podría promocionarse como "fuente de vitaminas y minerales", transmitiendo una imagen equivocada de alimento saludable.
Preocupación por el alcance de las disposiciones
Otro aspecto cuestionado es la eliminación de la declaración jurada obligatoria en el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales (SIFeGA). Esta medida podría comprometer la transparencia en el etiquetado y dificultar los controles, generando información poco confiable para los consumidores.
Asimismo, la Disposición 11378/2024 redujo el rango etario protegido de la publicidad de alimentos no saludables de 18 a 16 años. También permite el uso de estrategias de marketing infantil, como personajes animados y mascotas, elementos que anteriormente estaban prohibidos.
En este sentido, especialistas remarcan que estas modificaciones podrían debilitar las políticas de protección de niños, niñas y adolescentes (NNyA), aumentando su exposición a productos poco saludables.
Posición de las organizaciones
Las organizaciones firmantes del comunicado destacaron que la ley debe seguir alineada con los estándares internacionales establecidos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y pidieron mantener los principios originales de la normativa. También subrayaron la necesidad de convocar a especialistas en futuras modificaciones para garantizar que las decisiones se basen en evidencia científica.
ASDEN: defensa de la salud y la nutrición en Santa Cruz
La Asociación Santacruceña de Nutricionistas (ASDEN) fue una de las organizaciones que respaldaron el comunicado. Este colectivo agrupa a profesionales de la nutrición en la provincia de Santa Cruz, con el objetivo de fortalecer el ejercicio de su profesión y promover la seguridad alimentaria en la región.
ASDEN trabaja en la prevención de enfermedades vinculadas al sobrepeso y la obesidad, problemas que afectan gravemente a la población local. Según la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo (ENFR) 2018, Santa Cruz tiene la mayor prevalencia de exceso de peso del país (73,2%).
Además, ASDEN forma parte de la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN), lo que le permite participar en iniciativas nacionales para mejorar la alimentación y salud pública.
Con un enfoque en entornos escolares saludables, la asociación promueve estrategias para garantizar el derecho a una alimentación adecuada, alineada con la Ley 27.642 y la Estrategia Nacional de Entornos Saludables (ENES).
(Fuente: El Diario Nuevo Día)