¿Cómo saber si está en el Registro de Infractores Electorales y como solucionarlo?
Las personas que en alguna elección no emiteron su voto y no justificaron la falta, ingresan al Registro de Infractores. Además de una multa económica, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la fecha de la elección.
Votar -además de un derecho- es una obligación para los ciudadanos y ciudadanas mayores de 18 y menores de 70 años. Quienes al momento de realizarse el comicio no pueden votar por encontrarse a más de 500 km. del distrito electoral donde está empadronado o por otras cuestiones justificadas, deben presentar ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que corresponda un certificado que justifique la no emisión del voto.
Las personas que en alguna elección no emiteron su voto y no justificaron la falta, ingresan al Registro de Infractores que conforma una base de datos articulada por la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el que se pueden visualizar todas las veces que -habiendo estado habilitados para votar- no hayan cumplido con el deber cívico.
Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) , como su nombre lo indica imponen la obligación de concurrir a cumplir con el deber ciudadano, información que toda la ciudadanía debe tener en cuenta en caso que no concurran a los comicios primarios del 13 de agosto.
Consecuencias de no votar
Además de una multa económica, el infractor incluido en el Registro de infractores por no cumplir con su deber de votar establecido en el artículo 18 no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección.
Cómo verificar si soy infractor
Para verificar si figura como infractor se debe ingresar al siguiente enlace y completar los datos:
https://infractores.padron.gob.ar/
En esta página podrá visualizar cada uno de los actos eleccionarios en los que estuvo habilitado para votar y si cumplió o incumplió con el deber cívico.
Allí el sistema le permitirá reclamar sobre la información, descargar constancias o generar boleta de pago de la multa.
¿Cómo proceder para realizar el pago de la multa?
Para regularizar su situación en el Registro de Infractores al deber de votar deberá abonar la multa prevista en el Art. 125 del Código Electoral Nacional y la Acordada 13/2013 de la Cámara Nacional Electoral.
Para ello la Justicia Nacional Electoral ha dispuesto 2 procedimientos:
1 - Pago en Sucursales del Banco Nación
En este caso haga clic sobre el botón BANCO NACIÓN
Hecho esto se abrirá una ventana donde se generará y visualizará la boleta de pago que deberá imprimir
Una vez impresa la boleta, deberá concurrir a la sucursal del Banco Nación que le resulte más conveniente y abonar allí presentándose en las ventanillas correspondientes.
Concretado el pago, no deberá hacer ninguna otra gestión ya que el Banco Nación comunicará a la Justicia Nacional Electoral. Esta novedad puede demorar 48 hs. aprox. en ser reflejada en el Sistema de Consulta del Registro de Infractores, Se recomienda guardar copia del comprobante.
2 - Pago por otros medios electrónicos.
En este caso haga clic sobre el botón OTROS MEDIOS DE PAGO
Hecho esto se abrirá una ventana donde se generará y visualizará la siguiente pantalla.
Para ciudadanos o ciudadanas que no registren infracciones previas sin regularizar el monto es de $50, para quienes registren UNA infracción previa sin regularizar es de $100; con DOS infracciones $200; con TRES infracciones $400 y con CUATRO o más infracciones la multa es de $500.-
Al generar la boleta se selecciona el medio de pago. (El Diario Nuevo Dia)