IMPUESTOS

Monotributo: los cambios en facturación y las cuotas a pagar

En la discusión en particular de la reforma fiscal, el capítulo que impulsa aumentos de 300% en los límites de facturación y cuotas a pagar obtuvo 37 votos afirmativos. Se rechazó un cambio que afectaba para los monotributistas sociales.

Redacción Nuevo Día
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La reforma fiscal del Gobierno fue aprobada en general en el Senado. En la discusión por capítulos, los cambios en el Monotributo obtuvieron 37 votos afirmativos y 35 negativos. Por eso, cuando la ley sea promulgada, habrá alzas de hasta 300% en los topes de facturación anual, cuotas mensuales a pagar y otros parámetros del régimen.

En ese apartado, solo un artículo, el 100, se votó en forma separada: era el que derogaba el esquema conocido como monotributo social. Allí hubo 40 votos negativos contra 30 positivos, para que se mantengan los beneficios para trabajadores de la economía popular, como son una reducción en la cuota mensual del impuesto y el pago reducido de aportes de salud, entre otros.

La iniciativa general, votada por el Senado, establece que el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes tenga desde el período fiscal 2025 una actualización de parámetros (máximos de facturación, alquileres, cuota a pagar) semestral que se regirá por la inflación. Para este año, en tanto, faculta al Poder Ejecutivo a incrementar esos montos.

Por la reforma, la categoría A pasará de facturar poco más de $2.100.000 a $6.450.000, mientras la categoría K llegará a $68 millones. Además, habilita a los que prestan servicios a mantenerse dentro del Monotributo hasta el monto de la categoría K, aunque con una cuota mucho más alta de los que venden productos.

Por otro lado, establece que el precio máximo unitario de venta de productos no podrá superar los $385.000 (casi el doble que ahora).

CUANTO SE PODRA FACTURAR CUANDO RIJAN LOS CAMBIOS QUE APROBO EL SENADO

La tabla de topes de facturación anual completa, que aprobó el Senado, queda de la siguiente manera:

Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%);

Categoría B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones (+202%);

Categoría C: $4.387.518,23 a $13,25 millones (+208%);

Categoría D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones (+202%);

Categoría E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones (+202%);

Categoría F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones (+203%);

Categoría G: de $9.624.793,05 a $29 millones (+202%);

Categoría H: de $11.916.410,45 a $44 millones (+270%);

Categoría I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones (+269%);

Categoría J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones (+269%);

Categoría K: de $16.957.968,71 a $68 millones (+301%).

El texto, además, establece los nuevos montos del impuesto integrado y a la seguridad social por jubilaciones y el aporte a la obra social de cada monotributista, por lo que las cuotas mensuales tendrán aumentos incluso mayores que las de las categorías de facturación, según describió tn.com.ar

Fuente: El Patagónico 

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