JUDICIALES

Lavado de dinero en Santa Cruz: procesaron a una empresaria en la causa "Los Sauces-Hotesur"

La parte principal de la causa fue elevada juicio oral y público y hoy se discute en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Redacción Nuevo Día
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El juez federal Julián Ercolini procesó hoy por presunto lavado de dinero, en la administración de los hoteles de la familia Kirchner, a Myriam Elizabeth Costilla quien se desempeñó como presidenta de la empresa constructora Kank y Costilla S.A. 

La parte principal de la causa fue elevada juicio oral y público y hoy se discute en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero otro tramo siguió bajo investigación que hoy fue resuelto por el juez antes mencionado.

Dicho procedimiento es un remanente de las causas Los Sauces-Hotesur, expediente en el que la ex presidenta Cristina Kirchner, su hijo y diputado nacional, Máximo Kirchner, y otros acusados, están elevados a juicio oral y público.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que el magistrado en una resolución de 76 páginas procesó a Costilla como coautora del delito de lavado de activos y le trabó un embargo de 200 millones de pesos. En tanto, el juez, con el aval de la Fiscalía, sobreseyó a otras siete personas que estaban siendo investigadas.

En el expediente Los Sauces-Hotesur se investiga un presunto lavado de dinero y asociación ilícita de parte de esas sociedades, propiedad de la familia Kirchner, en el alquiler de sus hoteles y propiedades a los empresarios Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián De Sousa. La imputación es que los alquileres se hicieron como contraprestación a las obras públicas que sus empresas recibieron durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.

En su resolución, el magistrado señaló que Costilla "habría intervenido en calidad de presidente de Kank y Costilla S.A., al menos en el período comprendido entre el 01/07/11 y 27/09/11, en la puesta en circulación en el mercado de las ganancias ilícitas obtenidas como consecuencia de la asignación irregular de la mayor porción de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz a las empresas de Lázaro Antonio Báez"

Ercolini también recordó que la maniobra "habría consistido en operaciones comerciales con las que se pretendió otorgar apariencia de legítimas a las ganancias ilícitas obtenidas, fundamentalmente a través de la actividad hotelera. Para ello, se instauró un sistema que permitió que se canalizara en forma regular desde las empresas adjudicatarias de obra pública vial y sus vinculadas, fondos altamente superiores a $300.000 a favor de Valle Mitre S.A. la que, sin contar con capacidad económica ni experiencia en el rubro, administró el hotel Alto Calafate y la hostería Las Dunas -propiedad de la familia Kirchner".

En tanto, sobre otros siete acusados se dispuso el sobreseimiento. Se trata de Fernando Javier Butti, Carlos Alberto Franchi, Cristina Magdalena Olender, Patricia Daniela Blasco, Lisandro Donaire, María Alejandra Jamieson y Antonio Ramfos.

En la parte principal de la causa, en noviembre de 2021 el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 sobreseyó a Cristina Kirchner y al resto de los acusados, entre ellos sus hijos, Máximo Kirchner y Florencia Kirchner. Pero en septiembre del año pasado, la Cámara Federal de Casación Penal revocó esa decisión y ordenó que se haga el juicio oral. Con la excepción de Florencia Kirchner para quien Casación si confirmó su sobreseimiento que quedó firme porque la Fiscalía no lo apeló.

Quienes sí apelaron fueron las defensas de los acusados que llegaron a la Corte Suprema para reclamar la absolución de los imputados. Así, el máximo tribunal tendrá la última palabra: si sobresee o si ordena que se haga el juicio oral. La Corte Suprema no tiene plazos para resolver.

En paralelo y ante la decisión de Casación de reabrir el caso, el fiscal federal en el juicio oral, Diego Velasco, solicitó reactivar la causa. El TOF 5 ya había decidido qué prueba se iba a analizar en el juicio oral. De hecho había ordenado hacer peritajes contables. Pero luego por mayoría sobreseyó a los acusados. Con esa decisión y ante la desvinculación, la causa frenó frenada.

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