En tiempo récord: condenan en Río Gallegos a un hombre por transporte de marihuana
La sentencia, alcanzada en tan sólo cuatro días, resultó de un acuerdo pleno en el que el acusado reconoció su participación en la maniobra junto a otros dos imputados sobre los que se acordó la suspensión del proceso a prueba.
El Juzgado de Garantías de Río Gallegos condenó este lunes a cuatro años de prisión a un minero como autor del delito de transporte de estupefacientes, en el marco de un acuerdo pleno -es decir, un proceso abreviado en el que la fiscalía y la defensa coincidieron en los hechos, la calificación legal y la sanción a imponer- en el que reconoció su responsabilidad en el traslado de una encomienda que contenía marihuana.
El paquete había sido descubierto por personal del Escuadrón 43 "Río Turbio" de la Gendarmería Nacional, a partir de la actuación de un can adiestrado que marcó el bulto durante tareas de control en la sede del Correo Argentino de la ciudad santacruceña de 28 de noviembre.
La solución, homologada por la jueza subrogante Mariel Borruto, fue alcanzada a cuatro días de iniciado el proceso y comprende a otras dos personas imputadas como partícipes secundarias de la maniobra, respecto de quienes se acordó la suspensión del proceso a prueba.
La condena fue la primera en dictarse desde la implementación en diciembre pasado del sistema acusatorio en el distrito Comodoro Rivadavia, y fue resultado del acuerdo pleno arribado entre el titular de la Unidad Fiscal Río Gallegos, Julio Zárate, y la defensora oficial Ana María Pompo.
La sentencia fue el corolario de la audiencia celebrada este lunes, que inició con la exposición del fiscal Zárate -con la asistencia de la prosecretaria Valeria Todaro- en la que formalizó la investigación preparatoria contra el minero Alejandro Benítez, de 44 años, a quien imputó en carácter de autor del delito de transporte de estupefacientes, y a B. M. (29) y D.P. (20), como partícipes secundarios.
El fiscal le habló directamente a las tres personas imputadas y expuso que la investigación había tenido origen el 21 de enero, en el marco de tareas de prevención realizadas por la Gendarmería Nacional en la sede de Correo Argentino en la ciudad de 28 de Noviembre. Precisó que, tras seleccionar paquetes al azar, se los sometió a un control efectuado por la perra adiestrada Paz, que alertó al personal sobre el contenido de una encomienda proveniente de Formosa.
Recordó que, con el aviso de la fuerza federal, propició la orden judicial para la apertura del paquete, en cuyo interior se hallaron 30 envoltorios de una sustancia que, tras ser sometida al narcotest, arrojó resultado positivo de marihuana, con un peso total de 304 gramos.
El fiscal agregó que, ante este escenario, requirió al Juzgado de Garantías la entrega vigilada de la encomienda y la implementación de un operativo en la sucursal del correo, a la espera del destinatario. Dos días más tarde, el 23 de enero, B.M. se presentó a buscar el paquete, por lo que fue detenido y trasladado a la fiscalía.
Zárate sostuvo que durante la inspección del teléfono celular del imputado los investigadores hallaron un intercambio de mensajes con Benítez, quien le había enviado una imagen con el número de seguimiento de la encomienda y le indicaba que fuera a retirarla. Así, se comprobó que B.M. mantenía una deuda con Benítez y que, para saldarla, había accedido a ser parte de la maniobra.
Marcó que, en las medidas de investigación, el 24 de enero se realizó un allanamiento en la casa de Benítez, ubicada en el barrio 700 Lotes de la ciudad de 28 de noviembre, donde se encontraban dos mujeres, hermanas. Explicó que una de ellas fue identificada como D.P., quien reside en Formosa y figuraba como remitente de la encomienda que debía retirar B.M, por lo que fue detenida junto a Benítez.
El fiscal precisó además que en el teléfono de este último se hallaron luego conversaciones de chat referidas a la comercialización de estupefacientes al menudeo.
Zárate calificó a los hechos como transporte de estupefacientes, con Benítez en calidad de autor y B.M. y D.P. como partícipes secundarios. Desde el comienzo de la audiencia, el fiscal adelantó que había arribado a un acuerdo con la defensa con los siguientes alcances:
- Benítez reconoció su rol de autor en el transporte y aceptó la pena de cuatro años de prisión, el mínimo de la escala penal prevista para este tipo de delitos. Se estableció el cumplimiento domiciliario, que será controlado con visitas periódicas y aleatorias del personal del Escuadrón 43 de la Gendarmería, hasta la colocación de un dispositivo de control electrónico. El Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta que el acusado tiene embargos salariales para la manutención de sus tres hijos, por lo que solicitó el otorgamiento de este beneficio con salidas efectivas para ir a trabajar en una mina de Río Turbio y asistir a sus tareas familiares.
- En el caso de B.M., considerado partícipe secundario, se tuvo en cuenta que su intervención había sido originada en una deuda que mantenía con Benítez, por lo que se propuso la suspensión de juicio a prueba con el compromiso de realizar un tratamiento de rehabilitación en un centro de día de la Municipalidad de Río Turbio por el lapso de dos años y mantener un trabajo estable durante ese período.
- D.P. también se acogió a la suspensión del proceso a prueba, con el compromiso de continuar sus estudios de enfermería y de acreditarlos de manera trimestral ante la Oficina Judicial subsede Río Gallegos, y, una vez concluidos, continuar una carrera universitaria.
La jueza Borruto -titular del Juzgado de Garantías de Río Grande, quien actuó como subrogante en este proceso- aceptó el acuerdo y ordenó además la destrucción del material incautado. Hizo lugar a un pedido del fiscal de disponer de una cantidad mínima de la sustancia, que será derivada para el entrenamiento de los perros de la Gendarmería Nacional.
El acuerdo con la defensa incluyó que la fiscalía no solicitara el decomiso de los teléfonos celulares de las tres personas imputadas. El fiscal Zárate explicó que se tuvo en cuenta sus dificultades económicas para adquirir uno nuevo y lo imprescindible que resultan los dispositivos, incluso para las tareas de control judicial que deben realizarse sobre las tres personas.