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Detalles de los créditos para ampliación o refacción de vivienda a pagar hasta en 15 años

Se trata de una línea de créditos del Banco Nación para personas en relación de dependencia en planta permamente, jubiladas y/o pensionadas, autónomos y monotributistas.

Redacción Nuevo Día
Redacción Nuevo Día
eldiarionuevodia@hotmail.com

Desde la entidad bancaria informaron que, si cobrás tu sueldo en el Banco Nación, podés acceder a una tasa bonificada.

La edad límite para la cancelación de las obligaciones de los préstamos que se acuerden por esta línea será de 85 años.

En todos los casos se admiten hasta dos usuarios titulares y hasta dos codeudores, quienes deberán ser familiares directos (padres, hijos o hermanos) y cumplan con los requisitos correspondientes para la obtención del presente crédito hipotecario.

El crédito es para ampliación, refacción o terminación de vivienda única de ocupación permanente

En este rubro se podrán incluir proyectos de construcción de vivienda única y de ocupación permanente que tengan un grado de avance superior al 60%. Para ampliación, refacción o terminación vivienda única y de ocupación permanente cobrando sus haberes en el BNA el interés será 4,5% TNA fija. El resto de los interesados 8% TNA fija

Monto máximo y proporción del apoyo

El monto máximo de la asistencia a otorgar no podrá ser mayor a 70.000 en UVAs equivalente en pesos, ni del 50% del valor de la vivienda terminada o del presupuesto de obra, de ambos el menor.

Adicionalmente, el valor de tasación de la vivienda luego de concluida la obra, no podrá exceder el equivalente en pesos de 140.000 UVAs.

Plazo de obra

Hasta 12 meses.

Desembolso: Único.

Plazo del préstamo: Hasta 5,10 o 15 años.

Modalidad: Préstamo en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por Coeficiente de Estabilización de Referencia "CER" Ley 25.827 ("UVA") con garantía hipotecaria en primer grado.

Amortización: Las cuotas se liquidarán en forma mensual y por sistema francés.

Interés: Para quienes perciban sus haberes a través del BNA, con valor de vivienda igual o inferior a 140.000 UVAs: 4,50% TNA fija.

Exclusivamente para los casos del punto anterior, podrán optar por una alternativa que les permitirá establecer un tope en el valor de la cuota en función del CVS en lugar de la UVA con un costo equivalente mensual al 1,5% anual sobre el capital adeudado al momento del cálculo del costo. Esta alternativa estará vigente durante toda la vida del préstamo.

El resto de los interesados, adquisición de segunda vivienda o que perciban sus haberes a través del BNA con valor de vivienda única superior a 140.000 UVAs: 8% TNA fija

Más detalles en el siguiente link: https://bna.com.ar/personas/creditoshipotecarios

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