D'Amico pidió a Vidal y Grasso "abtenerse de personalizar bienes y obras adquiridas y realizadas con fondos públicos"
La Concejal señaló que presentará un proyecto al respecto "en concordancia con el cumplimiento de Ley de Ética en la Función Pública".
En concordancia con el cumplimiento de Ley de Ética en la Función Pública (N° 25.188) y en el marco de la duodécima sesión ordinaria de 2024, la edil UCR de Río Gallegos, Daniela D'Amico, presentará por medio de un Proyecto de Resolución el pedido formal al Primer Mandatario Provincial y de igual modo al Jefe Comunal de Río Gallegos, para que se abstengan de personalizar con su nombre o simbología adoptada, los bienes y las obras que son adquiridos o realizadas con fondos públicos pertenecientes al Estado.
Al respecto, D'Amico precisó que "durante los primeros cuatro años de gestión del Intendente Pablo Grasso, se evidenciaron diversas situaciones en las que el escudo oficial del Municipio era sustituido por el logo de Gestión representado por la letra "G", un accionar que colisionaba de manera directa e en iba detrimento de normativas tales como la Ordenanza N° 1.685 la cual establece al escudo de nuestra localidad como el sello identificatorio de toda acción de la Comuna".
"Ante estas situaciones - continúo la Concejal - y a través de varias resoluciones efectuadas por el Bloque Opositor que componía este Departamento Legislativo durante el periodo 2019-2023, se instó al Intendente Municipal a que cese en la promoción de su figura política con los recursos del Estado, sin dudas con fines de campaña y de capitalización política. Algo similar también sucede en la actual Gestión del gobierno provincial que encabeza el ex gremialista petrolero, quien sin ir más lejos y en el marco de la entrega de una autobomba al cuartel del barrio San Benito efectuada hace pocos días, inscribió en el ploteo de la unidad la leyenda: "Claudio Vidal - Gobernador de Santa Cruz", en una clara acción personalista y de propaganda política en un bien adquirido con recursos que le pertenecen a todos los santacruceños".
"Precisamente - informó la Edil - la Ley de Ética en la Función Pública (N° 25.188) establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado. Dicha normativa determina de manera taxativa en el Capítulo X - Publicidad y Divulgación que La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos; el uso y colocación nominal/nombres, símbolos o imágenes con carácter de promoción personal en la publicidad de los actos, programas, obras, bienes muebles e inmuebles, servicios y campañas" concluyó.