Comienza a regir la receta electrónica en todo el país
A partir del día de hoy comenzará a regir la nueva reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica.
El gobierno nacional informó que desde hoy comienza a regir la nueva reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica.
Un avance hacía la digitalización del sistema de salud que simplifica los procesos administrativos y facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y dispensa de medicamentos.
Dispuesta a través del Decreto 345/2024 la normativa establece un cambio en la modalidad de las prescripciones -de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud- que fueron realizadas tradicionalmente en papel comenzarán a efectuarse a través de plataformas digitales.
La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.
En el marco de estrategias para la implementación de las recetas electrónicas, el ministerio de Salud de la Nación tiene en agenda -para esta semana- comenzar un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.
Como soporte de comunicación y de acceso a la información, se desarrolló, además, una página web de "Receta electrónica" en el sitio oficial del Ministerio que cuenta con información detallada sobre la implementación de receta electrónica. Con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud. En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.
También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.