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Atención: AFIP investiga transferencias entre cuentas de una misma persona

Las transferencias de dinero con cada vez más usuales, incluso entre cuentas de un mismo usuario.

Redacción Nuevo Día
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Por este motivo, desde AFIP se recordó que a partir de ciertos montos es necesario informar los orígenes y el motivo de las mismas.

Cómo funcionan las nuevas investigaciones de transferencias de AFIP

El régimen de información de la AFIP funciona para distintos agentes, pero suele suceder que una persona utilice distintas cuentas o billeteras virtuales para realizar transferencias personales. Por este motivo, cada seis meses se actualizan los montos a partir de los cuales se debe tener en cuenta que la Administración Federal puede investigar las cuentas.

Cabe remarcar que la actualización se realiza sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), conforme a los valores suministrados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Los montos se publican en la página oficial de AFIP en los meses de junio y diciembre de cada año.

Qué es lo que se debe informar ante la AFIP

De acuerdo con el Régimen de información de Activos virtuales y no virtuales, hay un cierto monto a partir del cual se debe suministrar información del dinero que se mueve a través de los servicios de administración e intermediación de cuentas virtuales, billeteras virtuales, inversión y financiamiento.

Los sujetos obligados por el presente régimen son quienes "administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, por cuenta y orden de personas humanas y jurídicas residentes en el país o en el exterior, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago".

Según lo especificado en el Régimen de información se deberá indicar la nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:

-Tipo y número de cuenta

-CVU

-Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.

La información incluye: los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos, siempre que sean iguales o superiores a $400.000.

Cuál es el mínimo que se debe declarar ante la AFIP

Cabe remarcar que solamente deberán informarse los ingresos y egresos a través de transferencia bancaria o virtual cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, para lo cual deberá detallarse: tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos.

Al mismo tiempo, se debe indicar el saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado, siempre que resulten iguales o superiores en el mes, en valores absolutos, a $700.000.

Por último, desde la AFIP se aclara que "de tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda", deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal.

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