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ARCA, ex AFIP, actualizó montos de control para transferencias

Desde este mes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los montos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben reportar transferencias, transacciones, saldos y consumos.

Redacción Nuevo Día
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eldiarionuevodia@hotmail.com

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado desde este mes un ajuste en los montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben reportar las transferencias, transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Esta actualización se realiza de manera semestral y automática, basada en la inflación acumulada del período anterior.

Este régimen, destinado exclusivamente a mejorar los controles tributarios, no impacta directamente en los consumidores, ya que no modifica sus obligaciones fiscales ni genera costos adicionales.

Las entidades financieras, billeteras virtuales y otras plataformas tienen la obligación de reportar ciertas operaciones cuando superan los siguientes umbrales a partir de enero de 2025:

$600.000: Consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país e ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000: Acreditaciones bancarias totales registradas en un mes, depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes y extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos u otros medios) tanto en el país como en el exterior.

$2.000.000: Transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto.

Si bien estos límites no son prohibiciones, representan un umbral de alerta para ARCA. A partir de esos montos, el organismo puede solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, asegurándose de que provengan de actividades legítimas y declaradas. En otras palabras, por debajo de esos niveles, los movimientos financieros no suelen ser detectados por la agencia.

Es importante mencionar que los movimientos por debajo de esos montos también requieren declaración, aunque es más difícil que sean detectados por el regulador. ARCA exige a las entidades informar los movimientos por encima de esos niveles, lo que los hace más fácilmente detectables.

Operaciones sujetas a información a partir de enero de 2025

$600.000: Consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país e ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000: Acreditaciones bancarias totales registradas en un mes, depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes, extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos u otros medios) tanto en el país como en el exterior, y saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000: Transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto.

¿Qué deben informar las entidades?

Las entidades alcanzadas por esta normativa deben detallar a ARCA la información relacionada con las operaciones que superen los montos establecidos. Esto incluye datos sobre consumos, movimientos de fondos, depósitos y saldos, tanto en el ámbito bancario tradicional como en el digital.

En el caso de las billeteras virtuales, las plataformas deben reportar no solo los ingresos y egresos, sino también transferencias que involucren montos significativos. Este punto es clave, dado el crecimiento exponencial de las operaciones realizadas a través de estas aplicaciones en los últimos años.

La Resolución General 5512/2024, que dio origen a esta actualización, fue implementada como parte de una estrategia de modernización fiscal que ARCA viene desarrollando en los últimos años. El objetivo es garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones financieras en un contexto de digitalización creciente y evitar posibles casos de evasión fiscal.

Cabe destacar que este tipo de controles ya existían, pero los montos a reportar se ajustan periódicamente en función de la inflación. Este mecanismo busca que los valores no pierdan relevancia real y continúen cumpliendo su propósito sin generar un exceso de carga administrativa para las entidades alcanzadas.

Si bien la medida no genera obligaciones nuevas para los usuarios finales, sí exige a las instituciones una mayor transparencia y sistematización en el registro de operaciones. El sector bancario y las fintech deberán asegurar que sus sistemas sean capaces de identificar y reportar con precisión las transacciones alcanzadas por el régimen.

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