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ANSES paga una prestación a desempleados: cómo pedirla

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cuenta entre sus prestaciones, con un ayuda económica destinada a aquellos trabajadores que han perdido su empleo sin justa causa.

Redacción Nuevo Día
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Este beneficio se otorga conforme a una serie de requisitos específicos y ofrece un apoyo financiero crucial durante el período de desempleo.

El monto de la Prestación por Desempleo y la cantidad de cuotas (que pueden oscilar entre 2 y 12) se calculan en función de los ingresos y el tiempo trabajado con aportes en los últimos tres años. Para julio de 2024, estos montos se ajustan al contexto económico vigente.

Los trabajadores mayores de 45 años tienen derecho a recibir esta ayuda durante seis meses adicionales respecto a lo establecido para los demás trabajadores. Esto representa un esfuerzo adicional de la ANSES para proteger a los trabajadores más vulnerables del mercado laboral.

QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA PRESTACIÓN

-Trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013, que han sido despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas.

-Trabajadores de la construcción que han sido despedidos sin justa causa o por finalización de obra.

-Trabajadores permanentes: deben haber trabajado con aportes al menos seis meses durante los últimos tres años antes del despido o finalización del contrato.

-Trabajadores eventuales y de temporada: deben haber trabajado más de 90 días en el último año y menos de 12 meses en los últimos tres años antes de finalizar su trabajo.

-Trabajadores de la construcción: deben haber trabajado con aportes al menos ocho meses en los dos años anteriores al despido o finalización de obra.

CÓMO INSCRIBIRSE

El trámite es gratuito y se puede gestionar de manera presencial como a través de la web de ANSES.

1. El primer paso es reunir la siguiente documentación:

DNI (original y copia).

Documentación que acredite el desempleo (original y copia), dependiendo del caso:

Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.

Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.

Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.

Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

En caso de enfermedad/accidente no laboral o laboral: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto acorde a su situación de salud.

2. Ingresar al sitio de ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social para iniciar el trámite en línea.

3. Solicitar un turno si se prefiere hacer el trámite de manera presencial en una oficina de ANSES.

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