Causas judiciales de pandemia: del robo de vacunas a la muerte de los abuelos

Aunque todavía no han llegado a juicio, algunas de las investigaciones son alarmantes por la gravedad de los hechos probablemente ocurridos en plena pandemia en la ciudad de Comodoro Rivadavia, en particular en establecimientos dedicados al cuidado de adultos mayores.

Con la pandemia ofreciendo una tregua en cuanto al índice de contagios de las últimas semanas y cierto grado de alivio para seguir transitando una circunstancia extraordinaria en la historia de la humanidad, la justicia penal federal de la región se encuentra avocada a terminar de esclarecer los hechos sospechados de delitos que se desprendieron de la situación. En este informe, un repaso por las causas judiciales concentradas en la justicia federal.



Hurto, coima y vacunación a camioneros. Aunque la terminología popular utiliza el  término "robo" para hablar de la sustracción de objetos, la causa en la que se investiga la sustracción y desvío de vacunas Sputnik del hospital Regional tiene una imputación concreta por el delito de “hurto”, que se diferencia del primero por la inexistencia de daño al cometerse el hecho.



Recientemente, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el procesamiento de la enfermera Analía Muñoz (además del hurto, por “cohecho pasivo”, delito que implica al público que recibe una dádiva a cambio de hacer algo relativo a su función, conocido como “Coima”) y de otras 22 personas vinculadas a la obra social de Camioneros, encabezadas por Jorge Taboada.



La investigación judicial tiene un importante grado de avance, ya que salvo que haya alguna apelación ante la Cámara de Casación Penal de la Nación, la causa quedaría próxima para su elevación a juicio oral y público. 



Causas contra quienes violaron las restricciones de la cuarentena. Las vulneraciones al artículo 205 del Código Penal de la Nación, que alcanzaron con denuncias penales a quienes vulneraron la prohibición de circular fuera de horarios o sin justificativos durante las distintas etapas de restricciones de la cuarentena, especialmente en los primeros meses del año pasado, totalizaron alrededor de 3.000 actuaciones en la justicia federal de esta ciudad.



Tal como ha informado ADNSUR, alrededor de 2.000 de esos casos se resolvieron mediante el procedimiento de conciliación, que está vigente en el nuevo Código Procesal de la Nación y que en Chubut se aplica por homologación de lo que permite también el Código Procesal Penal de la provincia.



Se trata de acuerdos entre el fiscal y los acusados, quienes han aceptado realizaron aportes económicos, que en esta última etapa alcanza los 8.000 pesos, que los imputados han realizado en aportes de mercadería destinados a instituciones benéficas de la ciudad. Con ese mecanismo de resolución judicial, los imputados quedaron librados de continuar el procedimiento judicial, sin que se registren antecedentes penales en su contra.



Las conciliaciones han beneficiado a protagonistas de circunstancias diversas: desde personas que debieron salir por una legítima necesidad, pese a lo cual afrontaron la imputación debido a que no contaban con un permiso legal para movilizarse, hasta otros que salieron a divertirse sin importarles las medidas de prevención para evitar el contagio en el marco de la pandemia. 



Abandono y muertes en el geriátrico Mi Hogar. Entre los casos más graves se cuentan los que investigan lo ocurrido en dos geriátricos de la ciudad. En el primero de ellos, denominado ‘Mi hogar’, las actuaciones se iniciaron en septiembre del año pasado, a raíz del fallecimiento de una mujer cuya hija alertó sus sospechas a través de redes sociales, lo que derivó en la intervención de autoridades sanitarias y la posterior denuncia hacia el juzgado federal.



En la actuación de las autoridades sanitarias se detectó que fueron dos las personas que fallecieron en esa institución a consecuencia del COVID19, detectándose que no se habían adoptado los protocolos necesarios para prevenir los contagios, tras conocerse un primer caso sospechoso.



Luego de una extensa investigación preliminar, en la que contó con testimonios de profesionales infectólogas que trabajaron desde un primer momento en la contención de la pandemia, la jueza Eva Parcio dictó en junio de este año el procesamiento de Alejandro Rojas Gutiérrez, propietario del establecimiento y de la doctora Susana Di Sarli, responsable médica del lugar. A ambos se les imputa el delito de “Abandono de personas agravado por el resultado de muerte”, previsto por el artículo 106 del Código Penal.



En el escrito judicial para fundamentar la medida se advierte la larga serie de medidas que podrían haberse adoptado para evitar el resultado fatal, como la aplicación mínima de normas sanitarias de cuidados que fueron comunes en todos los sectores de la sociedad (aireación y distanciamiento en los ambientes, uso de alcohol en gel, etc), como también la falta de activación de protocolos específicos y exigibles en ámbitos dedicados al cuidado de personas.



Si la Cámara Federal confirma los procesamientos, la causa deberá llegar a juicio oral y público para probar los delitos por los que hasta aquí han sido procesados los imputados.



Abandono y muerte en el geriátrico ‘Hogar del Nuevo Sol’. La imputación por el tipo de delito en este caso es similar a la anterior, es decir abandono de personas agravado por el resultado de muertes, aunque esta situación el total de víctimas fatales ascendió a 8 personas y más de 50 contagios.



El 19 de agosto último, la jueza Parcio dictaminó el procesamiento de Eduardo Rubén Tejero y María Graciela Tejero, como propietarios del establecimiento, junto al doctor Iván Desábato, responsable médico.



La argumentación en la que se basa el procesamiento de la jueza contiene párrafos especialmente duros, como el que se observa en uno de los pasajes en que señala que los imputados no cumplieron con el deber de garantes de las personas que residían en el geriátrico:



“Lejos de ello, se pudo comprobar que además de omitir maliciosa e intencionalmente todas aquellas medidas que estaban a su alcance para evitar la grave situación producida se ocuparon de ir obstaculizando  aquellas acciones tendientes a paliar la misma”.



Entre otros cuestionamientos, la agrave acusación señala que “no activaron los protocolos de actuación denominados ‘Recomendaciones para la prevención y abordaje en residencias para personas mayores y plan de contingencia’, destinados para la residencia de larga estadía de adultos mayores en las cuales, a diferencia de otras instituciones de salud, presenta riesgos específicos, al existir factores propios que pueden aparecer por el momento evolutivo de las personas, esto es, proceso de envejecimiento y disminución de reserva funcional (dificultándose la lucha contra enfermedades), manifestándose además capacidades reducidas para movilizarse, dificultades comunicacionales y alteraciones en la percepción propia del cuerpo”. 



En la acusación se indica además que una vez informadas las autoridades del hogar por el área sanitaria de que estaban ante un brote de COVID-19 y se les recomendó el traslado de 12 pacientes, por sus comorbilidades previas, no siguieron esas medidas, entre otras que hubieran permitido un resultado distinto del ocurrido.



Al igual que en el caso anterior, se debe esperar la confirmación de la Cámara Federal como próximo paso en la investigación, que para terminar de demostrar la responsabilidad penal de las personas imputadas debe concluir con un juicio oral y público y las garantías del debido proceso y ejercicio de sus respectivas defensas.



La llegada del buque Santorini. El amarre del buque pesquero en el puerto local, en junio del año pasado, fue el primer hecho que determinó una investigación judicial, para determinar si los tripulantes que llegaron con síntomas de coronavirus habían sido responsables del esparcimiento de contagios en la ciudad.



Tal como informó ADNSUR el 30 de mayo último, la jueza Parcio absolvió a los tripulantes y concluyó que no hubo delito en su accionar. “No surge que los tripulantes del Santorini hayan incumplido con los protocolos sanitarios existentes, antes y/o después de realizar sus respectivos embarques”, expresó el pronunciamiento judicial.



“Más allá de las primeras noticias alarmantes que se tuvieron del evento analizado en este caso, la verdad es que, a luz de los elementos colectados, existe una orfandad de pruebas para vincular a los nombrados en acciones que podrían haber violado medidas sanitarias previamente dispuestas, lo cual es condición indispensable para la acusación”, por lo que la causa fue archivada tras concluir que no había delito para investigar.


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